Irina Baeva y Gabriel Soto han generado gran controversia en redes sociales al anunciar su separación. Gabriel Soto fue el primero en dar a conocer la noticia a través de un comunicado en Instagram, donde reveló que la pareja había decidido seguir caminos separados.
Sorprendentemente, Irina Baeva afirmó no estar al tanto de la publicación, a pesar de que el comunicado llevaba su firma.
Poco después, Baeva decidió compartir su versión de los hechos y mencionó que el 27 de marzo de 2024, la pareja se había “casado” en una ceremonia espiritual en Acapulco. Esta ceremonia, realizada en Semana Santa, tenía un significado especial para ellos, aunque no era una unión legalmente reconocida.
A raíz de esto, surgieron críticas en redes sociales sobre la validez de esta ceremonia. La abogada y doctora en administración, Marce Torres, conocida por sus opiniones legales sobre casos de farándula, explicó que aunque la ceremonia no constituye un matrimonio legal, sí genera obligaciones hacia Irina debido al tiempo que vivieron juntos en concubinato.
Torres destacó que Gabriel Soto, al convivir con Irina por más de dos años, creó derechos y obligaciones hacia ella. Aunque Irina no podría solicitar una pensión alimenticia, sí tiene derecho a una compensación económica por los años de convivencia, especialmente si su situación económica se ve afectada tras la separación.
El fundamento legal que sostiene la experta es el artículo 291 Quintus del Código Civil de la Ciudad de México, el cual establece que, al terminar el concubinato, la persona que carezca de ingresos o bienes suficientes tiene derecho a una pensión alimenticia por un periodo igual al de la convivencia.
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