Las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos del Senado de la República han aprobado la reforma constitucional impulsada por Morena y su coordinador, Adán Augusto López, que impedirá la utilización de amparos para frenar reformas constitucionales. El dictamen fue aprobado con 24 votos a favor de legisladores de Morena, PT y PVEM, mientras que PAN, PRI y MC emitieron 10 votos en contra.
El proyecto de reforma ha sido matizado respecto de la propuesta original de López Hernández, que inicialmente buscaba otorgar al Legislativo una supremacía constitucional sobre el Poder Judicial. Tras su aprobación en comisiones, el dictamen será presentado este jueves al pleno del Senado para su primera lectura en la sesión matutina, y posteriormente se debatirá y someterá a una posible aprobación en una segunda sesión vespertina.
El senador Javier Corral, presidente de la Comisión de Justicia, reconoció que la reforma tiene como propósito principal impedir que jueces sigan emitiendo suspensiones contra la reforma judicial. Corral afirmó que estas suspensiones constituyen una extralimitación de las funciones judiciales y resaltó la intención de consolidar la aplicación de la reforma sin interferencias.
"¿Cuál es el sentido práctico de esta reforma? Detener este intento de burla a la reforma judicial que se ha venido generando con distintas decisiones de juezas y jueces, con suspensiones que realmente constituyen una extralimitación de las funciones", declaró Corral.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) mantendrá la capacidad de analizar las acciones de inconstitucionalidad y las consultas que se presenten contra la reforma judicial, según detalló Corral.
El dictamen aprobado eliminó seis de los nueve planteamientos que contenía la iniciativa original, entre ellos una modificación al artículo 1 constitucional que habría impedido que las normas fueran inaplicadas mediante control de convencionalidad. Además, se eliminaron cuatro artículos transitorios que buscaban cerrar la posibilidad de que la SCJN revisara la reforma judicial, incluyendo aquellos que pretendían que los juicios, recursos y consultas en curso quedaran sin materia.
Pese a estas eliminaciones, la reforma al artículo 105 constitucional se mantuvo, estableciendo que serán improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que busquen controvertir adiciones o reformas a la Constitución. De igual manera, se mantuvo la reforma al artículo 107, que indica que no procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a la Constitución.
En respuesta, el senador Ricardo Anaya advirtió sobre los peligros de la reforma, indicando que, aunque se eliminó la retroactividad y la reforma al artículo primero constitucional, la prohibición del amparo y la controversia constitucional continúa limitando la posibilidad de impugnar reformas que pudieran ser contrarias a los derechos humanos.
“Recularon respecto de la reforma al artículo primero constitucional. Lo que ahora aprobamos ya no contiene la reforma en materia de derechos humanos. Sin embargo, al prohibir el amparo, la acción de inconstitucionalidad y la controversia constitucional, si llegara a haber una reforma contraria a los derechos humanos, sería imposible impugnarla”, manifestó Anaya.
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